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El próximo 1 de agosto entra en vigencia la nueva Ley Nª21.643, más conocida como Ley Karin, normativa que modificará el Código del Trabajo en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y de la violencia en el trabajo.

Esta ley, denominada así por el caso de Karin Salgado (técnica en enfermería que se quitó la vida tras un constante acoso laboral recibido), incluye indicaciones que establecen nuevas medidas para evitar estas conductas y así perfeccionar los conductos regulares para la investigación en estos casos.

La Ley Karin forma parte de los adecuamientos legales tras la ratificación del Convenio N°190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), acuerdo que regula aspectos sobre la violencia y el acoso en los espacios laborales. Junto con el depósito del Convenio N°176, este tratado se transforma en el segundo documento con el que Chile busca avanzar en el programa de Trabajo Decente impulsado por la OIT.

A pesar de lo positivo de la medida, esta disposición no ha estado exenta de polémicas en el último tiempo. El pasado 27 de junio, el Ministerio del Trabajo retiró el reglamento presentado en Contraloría faltando poco más de un mes antes de que la normativa entre en vigencia. Esto generó molestias desde el sector empleador debido a que este reglamento debe estar integrado a las empresas a principios de agosto.

Violencia laboral, un nuevo concepto

En primer lugar, la Ley Karin redefine el concepto de “acoso laboral”, eliminando la exigencia de reiteración en las conductas de hostigamiento. Esto facilitará la identificación y sanción de estos actos. Además, se incorpora el concepto de violencia laboral, extendiendo la protección a los trabajadores ante comportamientos abusivos de personas ajenas a la empresa. Estas medidas buscan crear un entorno laboral más seguro y respetuoso para todas y todos.

Otro cambio clave es la implementación de un protocolo específico para la identificación de riesgos y la adopción de medidas preventivas contra el acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo. Este protocolo establece directrices claras para la detección temprana de conductas inapropiadas y la intervención oportuna, asegurando un enfoque proactivo en la protección de los trabajadores.

La Ley Karin también optimiza los procesos de investigación y de sanción en casos de acoso sexual. Establece procedimientos más eficientes y transparentes para la denuncia, investigación y resolución de estos casos, garantizando que las víctimas reciban justicia de manera expedita. La ley detalla conductas específicas que serán consideradas delitos, fortaleciendo así el marco legal y ofreciendo una mayor protección a las víctimas.

Entre las conductas que se tipificarán como delitos bajo esta nueva legislación se incluyen restricciones en la comunicación de los trabajadores, cambios arbitrarios de lugar, la prohibición de interacción entre compañeros, imposición de labores contra la conciencia y juicios ofensivos sobre el desempeño. Otros actos como la asignación de tareas degradantes, críticas injustificadas y burlas sobre la vida privada o discapacidades de un trabajador también serán sancionados.

El impacto de la Ley Karin en la minería

Esta nueva normativa propone un avance en cuanto a cultura laboral se trata y la forma de desarrollar esto en la minería es a través de la comunicación y prevención. Así lo asegura Felipe Román, presidente de la Federación Minera de Chile, quien espera la cooperación de todas las agrupaciones sindicales para bajar la información.

Román hace un llamado a que las orgánicas obreras listadas en la FMC utilicen todos los medios posibles para poner en conocimiento de los trabajadores y trabajadoras el contenido de la ley. Esta nuevo marco obligará a hacer ajustes al reglamento interno de las minas, pero más allá de lo meramente laboral, estos cambios deben trascender a otros aspectos de la vida de las y los mineros.

“Los cambios culturales que van a existir en las empresas se debieran arrastrar a la vida personal para tener un grado mayor de madurez al momento de relacionarnos con las personas y no a lo mejor con la ligereza que estábamos acostumbrados hoy en día”, sugiere Román.

Con estás modificaciones se espera que exista un auge en la cantidad de denuncias de esta índole. Para encausar bien este aumento no basta solo con informar y educar, sino que también es necesario explicitar los conductos regulares para las denuncias, así como también los procedimientos que formarán parte de las investigaciones.

Sayuri Rojas, directora del Sindicato de Trabajadores Altonorte, comparte la visión de Román sobre lo positivo de estos cambios, al mismo tiempo que espera que se haga un énfasis en cuanto a los procesos de investigación y el respeto a la presunción de inocencia. “Ahí hay un gran desafío que se debe tener en cuenta en los protocolos de investigación por el daño principalmente que causan al trabajador, a su familia y a su entorno”, advierte.